En Notaría Churruca contamos con profesionales altamente cualificados para ofrecerle el mejor asesoramiento en todo lo relacionado con:
Compraventas de inmuebles, acciones y participaciones sociales.
Hipotecas, novaciones y cancelaciones de hipoteca.
Constitución, cesión y cancelación de derechos reales y de crédito.
Obras nuevas y divisiones horizontales.
Donaciones, herencias, testamentos y declaraciones de herederos.
Constitución de sociedades, cooperativas, fundaciones, asociaciones, uniones temporales y agrupaciones de empresas.
Modificación de estatutos de sociedades: denominación, objeto, domicilio social y cambio de órgano de administración.
Fusiones, escisiones, transformaciones y disoluciones de sociedades.
Pólizas de préstamos, créditos, leasing y renting.
Poderes generales, especiales y para pleitos.
Capitulaciones matrimoniales y liquidación de gananciales.
Actas de presencia, notificación, notoriedad, exhibición, etc.
Testimonios de autentificación, compulsa de documentos y legitimación de firmas.
La asesoría notarial que ofrecemos es gratuita. Los notarios tradicionalmente no cobran por las consultas, cobran por los documentos que autorizan. El notario es siempre imparcial. Además, está obligado a prestar especial atención a la parte débil del contrato, por ejemplo al consumidor en sus relaciones con las entidades financieras.
En Notaría Churruca atendemos en horario de mañana y tarde.
Es imprescindible presentar el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia originales, no son admisibles las fotocopias de dichos documentos, ni el carné de conducir.
En el caso de apoderados, es necesario presentar la copia autorizada del poder; si son administradores de sociedades u otras personas jurídicas, deben presentar la copia autorizada de la escritura por la que se acredite el nombramiento del cargo de administrador o consejero-delegado, así como en su caso los datos de inscripción del cargo en el registro mercantil.
Para preparar adecuadamente su escritura, póngase en contacto previamente con nuestra notaría para:
En caso de apoderados o representantes de sociedades, la legislación de blanqueo de capitales exige identificar al titular real o beneficiario último de la operación, esto es, la persona que tenga más del 25 % de las acciones o participaciones de la sociedad. Normalmente, se hace por medio de un acta notarial de manifestaciones. Visítenos en Marbella, le atenderemos con amabilidad
Solicite nuestra asesoría notarial.
¡Le esperamos!